24 | Abril | 2024
Desde su implementación, el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) ha sido una opción atractiva para los contribuyentes mexicanos, facilitando los procesos administrativos relacionados con el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y reduciendo las tasas del impuesto.
Es un régimen pensado para personas físicas y morales con ingresos menores a los establecidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), de modo que, al generar menos ingresos, pagan menos.
Si fuiste expulsado del RESICO, en este artículo sabrás a fondo por qué y qué te toca hacer después de esta situación.
Como mencionamos al principio, REISCO es un régimen fiscal opcional en México que ofrece una serie de beneficios, los cuales dependen, en gran medida, de si eres persona moral o persona física. Pero, a grandes rasgos y las principales, son relacionadas a las facilidades administrativas para las declaraciones y una tasa de pago de ISR mínima, que va de entre el 1% al 2.5%.
Aunque el contribuyente puede optar por tributar bajo el régimen de RESICO, hay unos requisitos que se deben cumplir, como veremos a continuación.
Dado que el régimen se inició para apoyar a personas físicas y personas morales con ingresos bajos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece una serie de lineamientos que permite seleccionar a los contribuyentes elegibles a tributar en RESICO.
Los contribuyentes persona física que deseen tributar en RESICO deben:
Los contribuyentes persona moral deben:
Estos son los requisitos que se piden para entrar en el RESICO, los cuales se deben mantener para permanecer en el Régimen Simplificado de Confianza. Lo cual incluye: no superar el límite anual establecido para persona física y persona moral, según corresponda.
No te puedes perder: RESICO para personas morales, lo que debes saber
Adicionalmente, es importante cumplir con lo siguiente:
Existen diversas razones por las cuales un contribuyente puede ser dado de baja del RESICO, una de las más comunes es el superar el límite anual de ingresos.
Por otro lado, el incumplimiento de las obligaciones fiscales es otra razón por la cual se dan de baja a los contribuyentes. El artículo 113-I de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) dice que quienes no realicen tres o más pagos mensuales consecutivos o no presenten su Declaración Anual, serán dados de baja del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
Además, es importante mantener activado el Buzón Tributario, puesto que el medio de comunicación entre el SAT y los contribuyentes.
Si te expulsaron del RESICO, lamentablemente no podrás volver a optar por tributar en este régimen. Será necesario que regularices tu situación fiscal, cumpliendo las obligaciones fiscales que tengas pendientes, sean declaraciones atrasadas o pagos adeudados.
Una vez regularizada tu situación, deberás elegir un nuevo régimen fiscal que se ajuste a tus necesidades y actividades.
Las personas morales dadas de baja del Régimen Simplificado de Confianza regresan automáticamente al Régimen General, y las personas físicas regresan al régimen en el que estaban previos a entrar al RESICO.
Si se trata de un contribuyente persona física nuevo que, desde su inicio tributó como RESICO y fue expulsado, serán pasados automáticamente al régimen de Actividad empresarial.
Para evitar ser expulsado, es importante que los contribuyentes consideren las siguientes recomendaciones:
Una de las formas más fáciles para mantener el cumplimiento de tus obligaciones fiscales y tener un registro detallado de tu contabilidad es con un sistema contable integral que se mantenga actualizado ante los requisitos que pide el SAT.
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