11 | Enero | 2024
Con la Declaración Anual a la vuelta de la esquina, es importante que tanto personas físicas como personas morales sepan identificar los gastos no deducibles.
En un artículo anterior conocimos acerca de las deducciones personales, un derecho de las personas físicas que presentan Declaración Anual para reducir sus ingresos anuales. Pero, por otro lado, tenemos aquellos gastos no deducibles que aplican tanto a empresas como a las personas físicas.
Bueno, ¿pero a qué nos referimos como gastos no deducibles? No podemos hablar de los no deducibles sin mencionar los gastos deducibles.
Como sabemos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene establecidos algunos gastos para reducir los ingresos netos anuales o utilidades de las empresas y de las personas físicas. Esto significa una reducción en el monto a pagar del Impuesto Sobre la Renta (ISR) anual.
De esta forma, los gastos deducibles son los que se realicen con el fin de impulsar la generación de ingresos. Digamos que son las inversiones necesarias para el desarrollo de la actividad económica, haciéndolos elegibles a la deducción de la base gravable del ISR.
Consecuentemente, los gastos no deducibles son aquellos que no están directamente relacionados con la actividad económica o laboral.
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Debido a que existe una variedad de industrias en las que una empresa o persona física puede desarrollar su actividad económica, es complejo decir específicamente un tipo de compra que entre como gasto no deducible.
La deducibilidad dependerá del sector en que se trabaje y las necesidades específicas. Por lo tanto, es importante primero abarcar los requisitos que se necesitan cumplir para los gastos deducibles.
La Ley del Impuesto Sobre la Renta es la que se encarga de establecer todo lo relacionado a las deducciones y en el artículo 27 se señalan los requisitos que deben cumplir tus gastos para deducirlos:
De tal forma, si no se cumplen con estos requisitos, esas compras o inversiones pasan a ser gastos no deducibles.
Ahora bien, recapitulemos un poco sobre los gastos no deducibles, con base en los que sí son deducibles.
Los gastos no deducibles serían:
Te invitamos a leer "¿Qué son las obligaciones fiscales de las personas físicas y morales?"
Para esto, el artículo 28 del LISR establece que los gastos no deducibles, de forma general, tanto para personas físicas como personas morales, son:
Te invitamos a revisar el resto de gastos no deducibles y las especificaciones de cada uno en la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Ten en consideración que, para evitar que tus compras sean consideradas gastos no deducibles, necesitas asegurarte de que estén relacionados directamente con la actividad económica de tu empresa o tu trabajo y respaldarlos con los comprobantes correspondientes. Por lo mismo, el pago de la gasolina puede caer como gastos no deducibles si fue pagado en efectivo.
Para tu Declaración Anual es muy importante que tengas bien definidos cuáles son tus gastos no deducibles y cuáles sí. Si declaras gastos no deducibles puedes incurrir en discrepancias fiscales, ocasionando que se abra una investigación y verte sujeto a multas de hasta 600 mil pesos.
Si eres una persona física con actividad empresarial, recuerda que, adicional a los gastos deducibles relacionados a tu trabajo, puedes realizar las deducciones personales para evitar que queden como gastos no deducibles.
Recuerda que es indispensable tener un orden en tus gastos anuales para la presentación de tu Declaración Anual y asegurarte que no excedan el monto de tus ingresos anuales.
Mantener un control anual de forma manual, en cuanto a los gastos no deducibles y los que sí son, puede ser una tarea difícil. Por eso, en Siigo Aspel tenemos los softwares administrativos y contables que se convertirán en tu mejor aliado para registrar todos tus movimientos y tener un conocimiento entero de tu contabilidad.
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