30 | Marzo | 2023
Actualizado: 30 | Enero | 2024
Al momento de una renuncia voluntaria, la empresa o empleador debe pagar al ex-colaborador la remuneración económica que tiene pendiente de recibir, es decir, el finiquito.
El finiquito es un monto que el trabajador recibe al momento de terminar la relación laboral de forma voluntaria, recibiendo el dinero pendiente por conceptos de vacaciones no disfrutadas o los días que se trabajó del mes en curso.
Cuando se da una renuncia voluntaria, se redacta un documento que formaliza la terminación de la relación laboral entre el empleador y el trabajador. En él se establecen las condiciones de finalización del contrato.
El documento debe ser firmado por el empleado para aceptar las condiciones y la compensación económica que recibe.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el finiquito se entrega en tres situaciones:
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) establece que, al renunciar voluntariamente, al trabajador le corresponde recibir el pago de las partes proporcionales de prestaciones como:
Aunque el finiquito y la liquidación son pagos que suelen entregarse al finalizar una relación laboral, existen diferencias clave en cuanto a las situaciones por las cuales se entrega una u otra.
De forma obligatoria, al término de la relación laboral se entrega el finiquito, ya sea un finiquito por renuncia voluntaria, finalización de contrato por tiempo definido o por despido justificado. Bajo estas situaciones, el patrón no se ve sujeto a pagar una liquidación.
Por otro lado, la liquidación si es obligatoria cuando el patrón es quien decide terminar la relación laboral sin que se justifique por alguna de las causas establecidas en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo.
En este sentido, la liquidación se compone de una indemnización equivalente a tres meses de salario, más el finiquito; es decir, el pago proporcional.
Ahora que sabemos lo básico en cuanto a qué implica el pago del finiquito, es momento de entender cómo se hace el cálculo para el finiquito por renuncia voluntaria.
Primero, retomemos la integración del finiquito que se debe pagar al trabajador, compuesto de las siguientes prestaciones:
Entonces, veamos el paso a paso siguiendo este ejemplo práctico. Un trabajador renuncia voluntariamente a una empresa en la que estuvo 4 años, recibiendo un sueldo de 17,000.00 pesos mensuales. Tiene 8 días de vacaciones pendientes y su último día de trabajo será el 12 de febrero.
Tomando las fechas y montos de nuestro ejemplo, el cálculo del sueldo pendiente se hace teniendo en cuenta los días trabajados en febrero, para lo cual debemos conocer el sueldo diario.
Por lo tanto, dividimos el sueldo mensual entre 30 y multiplicamos por los días trabajados.
O sea, 17,000 entre 30 nos da un sueldo diario de: $567.00
Ahora, el sueldo diario lo multiplicamos por los 12 días trabajados en febrero, dándonos como resultado: $6,804.00 monto correspondiente al sueldo pendiente.
Como mencionamos, el trabajador tiene 8 días de vacaciones sin gozar para el momento del término de la relación laboral. Por lo tanto, es necesario multiplicar el salario diario por los días de vacaciones pendientes.
Habíamos establecido que el salario diario es de $567.00, esta cantidad la multiplicamos por 8, teniendo un monto de $4,536.00 como pago de los días de vacaciones pendientes.
Ahora bien, la prima vacacional es un pago del 25% del salario durante el periodo que se disfrutan las vacaciones, por lo que es necesario tomar en cuenta los días de vacaciones pendientes.
Para hacer el cálculo multiplicamos el salario diario por 8, como hicimos anteriormente, y el resultado lo multiplicamos por 0.25, dándonos un total de: $1,134.00 por concepto de prima vacacional.
Para el pago de aguinaldo se hace el cálculo de la parte proporcional que le corresponde al trabajador para la fecha en que se finaliza la relación laboral. Para este cálculo, debemos tomar en cuenta que el aguinaldo corresponde a 15 días de salario.
Por lo tanto, sacamos el aguinaldo anual para, entonces, conocer el aguinaldo diario y poder sacar el proporcional a los días trabajados.
Entonces, multiplicamos los 17,000 pesos de sueldo mensual por los 12 meses y, al resultado lo multiplicamos por 0.15, dándonos $30,600 como aguinaldo anual.
Ahora, el aguinaldo anual lo convertimos al diario proporcional, dividiéndolo entre los 365 días del año: $83.83.
Por último, sacamos la parte proporcional de aguinaldo de los días trabajados, multiplicando el aguinaldo diario por 12 días trabajados en febrero: $1,005.96
Lo único que nos queda es sumar todos los conceptos anteriores: sueldo pendiente, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcional, dándonos un total de finiquito por renuncia voluntaria de $13,479.96.
¿El finiquito está sujeto a retención de ISR?
Una vez realizados estos cálculos es importante tomar en consideración los conceptos y montos sujetos a impuestos, señalado en el artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
La parte proporcional de vacaciones sí se encuentra gravada, dado que es considerado sueldos y salarios. Mientras que la prima vacacional se considera exención cuando es equivalente a 15 veces el valor de la UMA.
En el mismo sentido, el aguinaldo tiene una exención equivalente a 30 veces el valor de la UMA.
¿En qué momento la empresa debe entregar el finiquito por renuncia voluntaria al trabajador?
Al momento de que el trabajador finaliza la relación laboral, la empresa tiene 15 días hábiles a partir de la fecha de renuncia para realizar el pago del finiquito y evitar sanciones.
Consecuencias de no entregar finiquito
Si la empresa no entrega el finiquito dentro de los plazos o no cumple con los pagos correspondientes, se atiene a multas económicas, demandas legales que pueden terminar en pago de indemnizaciones e, incluso, el trabajador puede solicitar la reintegración a la empresa.
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Lo primero que debes hacer es seleccionar la opción de "Procesos de nómina" y dar clic en "Renuncia voluntaria".
Aparecerá en pantalla un recuadro que pedirá el código de empleado y, de forma automática, el sistema tendrá seleccionada la opción de "Liquidación".
Por último, verás en pantalla los conceptos y montos a pagar para que se ajusten y modifiquen a criterio.
Una vez verificados y aprobados los montos, se da clic en "Aceptar" y así de fácil el trabajador queda finiquitado. Lo único que hará falta es timbrar la factura y listo.
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