13 | Marzo | 2023
Actualizado: 21 | Diciembre | 2023
Al momento de terminar una relación laboral, la empresa debe cumplir una serie de pagos al colaborador. Sin embargo, como sabemos, la relación puede terminar por renuncia voluntaria, por rescisión laboral o despido injustificado.
Cuando ocurre el término de la relación, la Ley Federal del Trabajo establece como derecho del trabajador y obligación para el patrón el pago de una compensación económica. Dicha indemnización se integra de una serie de prestaciones para la cual se realiza un cálculo específico.
En este artículo te presentamos los cálculos que debes considerar y hacer en caso de un despido injustificado.
Antes de entrar de lleno, vale la pena hacer la aclaración en cuanto a las condiciones en las que la relación laboral termina. Por un lado, sabemos que puede ser de forma voluntaria por parte del trabajador, la renuncia.
Ahora bien, en este contexto también nos encontramos con la rescisión laboral. Esta se da cuando el patrón termina la relación laboral porque el trabajador cometió alguna de las conductas previstas en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo.
En este caso, el patrón no está sujeto a ninguna responsabilidad, siempre que haya efectuado un aviso de rescisión al trabajador, ya sea personalmente o por medio de un conducto Tribunal.
Por último, el despido injustificado se da cuando el patrón finaliza la relación laboral de manera unilateral y por razones específicas como pueden ser:
Es decir, si no se cometió alguna de las actitudes que apliquen para la rescisión laboral, es un despido injustificado. Ante este caso, el trabajador tiene derecho a demandar por dicho despido y solicitar su liquidación o una reinstalación.
La liquidación por despido injustificado se integra diferente al pago por renuncia voluntaria. En el caso de la segunda, se entrega el pago proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional. Mientras que la liquidación por despido se integra de:
Y, en algunas ocasiones o dependiendo de las políticas de la empresa, el trabajador también puede recibir una parte proporcional de las utilidades del ejercicio. Sin embargo, este pago no se encuentra establecido en la Ley Federal del Trabajo.
Como patrón es necesario tener claro el manejo legal del despido injustificado puesto que, de lo contrario, puedes incurrir en violaciones y ser sujeto a un juicio laboral. Por lo que es sumamente importante conocer cómo se integra para realizar los cálculos adecuados.
Para calcular el pago de liquidación por despido, de forma general, se debe tomar en considerar el salario diario integrado, el proporcional de aguinaldo y vacaciones, el salario mensual integrado, la indemnización constitucional y la prima de antigüedad.
Es la suma del salario diario más las prestaciones laborales obligatorias por Ley y superiores. Las superiores son aquellas extra que la empresa otorgue sin que estén establecidas en la Ley Federal del Trabajo.
Para definir el salario diario integrado con los respectivos proporcionales a las prestaciones, se puede usar el factor de integración del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). A continuación, te compartimos la tabla actualizada:
Años de servicio | Días de aguinaldo | Días de vacaciones | Prima vacacional | Factor de integración IMSS |
---|---|---|---|---|
1 | 15 | 12 | 25% | 1.0493 |
2 | 15 | 14 | 25% | 1.0507 |
3 | 15 | 18 | 25% | 1.0521 |
4 | 15 | 20 | 25% | 1.0534 |
5 | 15 | 22 | 25% | 1.0548 |
6-10 | 15 | 24 | 25% | 1.0562 |
11-15 | 15 | 26 | 25% | 1.0575 |
16-20 | 15 | 28 | 25% | 1.0589 |
21-25 | 15 | 30 | 25% | 1.0603 |
26-30 | 15 | 32 | 25% | 1.0616 |
Una vez identificado el factor correspondiente a la antigüedad del trabajador, se debe multiplicar por el salario diario. Digamos que el colaborador recibía un salario diario de $400.00 y llevaba 4 años en la empresa. Siguiendo la tabla, el salario se multiplica por el factor 1.5034.
Esto resulta en un salario diario integrado (SDI) de $601.36.
Para calcular el salario mensual integrado, el SDI se multiplica por 30. El salario mensual será con la que harás el cálculo de la prima de antigüedad y de la liquidación.
Entonces, siguiendo nuestro supuesto, el salario mensual integrado (SMI) es de $18,040.8.
Recordemos que la indemnización constitucional hace referencia a los 3 meses de salario. Para lo cual solo debemos multiplicar el SMI por 3, resultando en $54,122.4.
La prima de antigüedad se calcula con 12 días de salario por cada año trabajado. En este caso, la base a considerar, según la Ley Federal del Trabajo, es el salario diario integrado del colaborador. Pero si excede el doble del salario mínimo del área geográfica donde se trabaja, este será el salario máximo.
Actualmente, el salario mínimo es de $248,93; por lo que el doble es de $497.86. En nuestro ejemplo, sí excedemos el salario mínimo, por lo que el cálculo sería sobre su doble.
Por lo que, al hacer el cálculo de los 12 días por los 4 años trabajados que hemos manejado, habría que multiplicar 48 por $497.86, resultando en una prima de antigüedad de $23,897.28.
Ahora bien, para calcular el total del pago de liquidación por despido injustificado, debemos sumar:
Los 3 meses de salario que calculamos: $54,122.4.
La prima de antigüedad: $23,897.28.
Por lo que, nuestro pago de liquidación por despido injustificado es de $78,019.68.
Es importante considerar que la liquidación está sujeta a la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR), para lo cual, se debe hacer el siguiente cálculo:
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