21 | Febrero | 2023
Actualizado: 27 | Marzo | 2024
Saber diferenciar entre CFDI de Ingreso, CFDI de Traslado y Carta Porte es fundamental si te dedicas al sector del transporte. Por eso, en este post, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre estos términos y otros aspectos valiosos para que evites sanciones que puedan afectar a tu negocio.
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La Carta Porte es un documento que sirve como un comprobante de traslado con validez internacional en el que se detalla con precisión la mercancía que se transporta, el medio utilizado y las rutas que se siguen.
Entre otras ventajas, la Carta Porte proporciona información para acreditar la estancia y tenencia legal de los bienes o mercancías durante su traslado.
Actualmente se encuentra en su versión 3.0, con un periodo de convivencia con la versión 2.0 que termina el 1ero de abril de 2024.
Esta factura es emitida por empresas dedicadas a prestar los servicios de traslado de mercancía para avalar el pago de los servicios prestados.
Es uno de los 6 tipos de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) existentes en México. Se usa para acreditar el transporte de mercancías en territorio nacional y es emitido por el dueño de la carga al trasladar los bienes con sus propios vehículos o al contratar a un intermediario (conocido como agente de transporte).
En el CFDI de tipo Traslado el valor de la mercancía debe ser igual a 0, ya que su objetivo es acreditar la propiedad de la carga o la legalidad de su posesión, sin tomar en cuenta el valor de lo que se transporta.
Tanto el CFDI de Traslado como la Carta Porte son documentos que sirven para avalar la procedencia de la mercancía ante las autoridades fiscales. Sin embargo, con la publicación de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 se incorpora la necesidad de emitir el CFDI de Traslado y de Ingreso con complemento Carta Porte. Dicho complemento contiene información sobre los bienes o mercancías, ubicación (origen y destino), así como del vehículo.
Pero cuidado, la Carta Porte no reemplaza al CFDI de Traslado o al de Ingreso ni viceversa. Simplemente, no se expide como un documento aparte, sino que se realiza junto con el comprobante fiscal correspondiente para homologar su formato.
Dependerá de las condiciones en las que se están transportando los bienes y/o mercancías.
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