14 | Marzo | 2025
¿Has escuchado sobre los "paraísos fiscales"? Son territorios con impuestos bajos o nulos, haciéndolos atractivos para empresas y personas que buscan reducir su carga tributaria. Sin embargo, en México, los ingresos generados en estos lugares están sujetos al pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) conforme a la legislación nacional.
El ISR para REFIPRES implica la obligación de declarar y pagar impuesto sobre estos ingresos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). En este artículo te explicamos qué es un Régimen Fiscal Preferente, cómo funciona y los criterios para su aplicación.
El término REFIPRES o REFIPRE no es un régimen específico, sino cualquier régimen fiscal extranjero donde la carga impositiva sea menor al 75% de la tasa aplicable en México. Se asocia con los "paraísos fiscales" porque en estas jurisdicciones la tasa de impuesto puede ser mínima o nula.
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) define a estos regímenes fiscales preferentes como aquellos que otorgan un beneficio fiscal preferencial.
Un régimen fiscal extranjero se considera REFIPRES si cumple condiciones como:
En México no se tiene una lista negra oficial sobre países para REFIPRES, pero el artículo noveno, fracción XLII, de los artículos transitorios de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), establece territorios por los cuales los contribuyentes deberán presentar la declaración informativa REFIPRES.
Por ejemplo, algunos de los más conocidos son:
El artículo 176 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece cuáles son los ingresos sujetos a Regímenes Fiscales Preferentes (REFIPRES) y su tratamiento. De manera general, son aquellos que no se hayan gravado en el extranjero o estén gravados con un Impuesto Sobre la Renta menor al 75% del que se pagaría en México.
Para esto, están considerados los ingresos:
La determinación de los ingresos sujetos a REFIPRES se hace tomando en cuenta la utilidad o pérdida generada en las operaciones realizadas en el año calendario por cada entidad extranjera.
El artículo 177 y el 178 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establecen que los contribuyentes deberán presentar anualmente la Declaración Informativa de las Entidades Extranjeras Sujetas a Regímenes Fiscales Preferentes. Se envía cada febrero a través del portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para reportar los ingresos obtenidos durante el ejercicio inmediato anterior sujetos a regímenes fiscales preferentes, por medio de la ficha de trámite 116/ISR, usando la forma oficial 63.
Además de ingresar la información que solicita el aplicativo, es necesario incluir documentos con información relacionada a los ingresos reportados, como:
Esta declaración informativa es una obligación para:
Si se omite la presentación de esta declaración informativa o se hace incorrectamente, el artículo 111, fracción V, del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece una sanción de prisión, con una sentencia que va de los 3 meses a los 3 años.
Con la aplicación del ISR a REFIPRES se busca combatir la evasión fiscal y asegurar que los ingresos generados en el extranjero por residentes mexicanos, sean tributados en el país. Si obtienes ingresos en países con algún beneficio fiscal, es crucial conocer tus obligaciones para evitar multas o sanciones.
Te recomendamos consultar con un especialista en la materia para recibir asesoría personalizada sobre tu situación particular. También implementar herramientas contables que faciliten el seguimiento de tus ingresos sujetos a REFIPRES y simplifiquen la generación de reportes financieros para el cálculo de impuestos y el llenado de aplicativos como la Declaración Informativa REFIPRES.
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