23 | Diciembre | 2024
El Régimen Simplificado de Confianza lleva ya varios años como una de las opciones predilectas para pequeñas y medianas empresas, así como emprendedores con negocios pequeños. Pero si todavía tienes duda sobre qué es RESICO, en este artículo te ayudamos a despejar todas las preguntas.
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es un esquema fiscal con facilidades para el cumplimiento de las obligaciones fiscales de pequeños emprendedores, pymes y profesionales independientes en México.
Este régimen fiscal, implementado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), busca reducir tanto la carga fiscal como los trámites administrativos, promoviendo la formalidad en sectores que suelen enfrentar dificultades para cumplir sus obligaciones fiscales.
El RESICO está pensado especialmente para negocios que inician operaciones y cuentan con recursos limitados, ofreciendo tasas de impuestos más bajas. Además, es un régimen fiscal caracterizado por su simplicidad, permitiendo que los contribuyentes gestionen más fácil sus obligaciones.
El Régimen Simplificado de Confianza fue introducido en 2022 como parte de las reformas para incentivar la formalización de pequeñas y medianas empresas. Es un régimen fiscal que llegó para sustituir al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), el cual dejó de recibir nuevos registros en agosto de 2021.
El RIF también buscaba la simplificación de obligaciones fiscales, pero el RESICO se diseñó con un enfoque más accesible, eliminando algunos requisitos y procesos que resultaban complejos para algunos contribuyentes.
Las personas físicas pueden formar parte de RESICO si cumplen con los siguientes requisitos:
Si quieres ahondar más al respecto, te invitamos a visitar el artículo sobre requisitos y procesos para personas físicas.
Las personas morales también pueden tributar bajo RESICO, siempre y cuando:
Te invitamos a leer nuestro artículo sobre cómo funciona el Régimen Simplificado de Confianza para personas morales.
Entre los beneficios más destacables del RESICO se encuentran las tasas reducidas del Impuesto Sobre la Renta (ISR), que van desde 1% hasta el 2.5%, dependiendo del nivel de ingresos del contribuyente.
Esta característica busca que las pequeñas empresas y emprendedores puedan destinar más recursos al crecimiento de sus negocios, en lugar de enfrentarse a altos costos fiscales desde su inicio.
La simplificación administrativa es una de las principales ventajas que ofrece el Régimen Simplificado de Confianza, como bien lo dice su nombre. Este régimen fiscal permite reducir las cargas administrativas para los contribuyentes gracias a que sus declaraciones son más sencillas, sin necesidad de incluir información compleja como el cálculo del coeficiente de utilidad.
Además en la mayoría de los casos, los contribuyentes en RESICO no necesitan presentar declaraciones informativas adicionales, como la DIOT. Y, específicamente las personas físicas tampoco están obligadas a presentar la Declaración Anual.
Gracias a que el Régimen Simplificado de Confianza ofrece beneficios inmediatos, como tasas de ISR más bajas, los contribuyentes se ven más incentivados a formalizar sus actividades empresariales y profesionales. El acceso a financiamientos suele estar condicionado por el cumplimiento fiscal, convirtiendo a RESICO en una puerta de entrada para dichas oportunidades.
A diferencia de las tablas de ISR para el resto de regímenes, el RESICO tiene un esquema que aplica tasas dependiendo de los ingresos anuales.
Ingresos anuales |
Tasa de ISR |
Hasta 300 mil pesos |
1% |
De 300,001 a 600 mil pesos |
1.10% |
De 600,001 a 1 millón de pesos |
1.5% |
De 1,000,001 a 2.5 millones de pesos |
2% |
De 2,500,001 a 3.5 millones de pesos |
2.5% |
Ingresos anuales |
Tasa de ISR |
Hasta 3.5 millones de pesos |
1% |
Entre 3.5 y 5 millones de pesos |
1.2% |
Entre 5 y 10 millones de pesos |
1.8% |
Entre 10 y 20 millones de pesos |
2.1% |
Entre 20 y 35 millones de pesos |
2.5% |
Las personas físicas deben presentar sus declaraciones mensuales de ISR e IVA para hacer sus pagos definitivos, siendo una opción presentar la Declaración Anual de ISR, en caso de tener un saldo a favor; mientras que las personas morales deben realizar sus declaraciones mensuales y presentar su Declaración Anual.
Las presentaciones se realizan de acuerdo con las siguientes fechas:
Aunque los contribuyentes personas físicas no estén obligadas, por ejemplo, a llevar su contabilidad; sí están sujetas a emitir, obtener y conservar las facturas electrónicas por ingresos, gastos e inversiones.
Por su lado, las personas morales, además del mismo cumplimiento respecto a los CFDI, sí deberán llevar su contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación.
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Para ser parte del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) se debe presentar un aviso al Servicio de Administración Tributaria (SAT). Considera que, tu registro debe hacerse en enero, al inicio de cada ejercicio fiscal.
Necesitarás:
Conoce más información relacionada sobre el proceso de inscripción a RESICO y otros aspectos relacionados.
Para registrarte a RESICO como persona física recuerda que es necesario que seas parte de los siguientes regímenes:
Asegurándote de cumplir con los requisitos, puedes enviar tu aviso a través del portal del SAT.
Al guardar el cambio, te recomendamos descargar tu constancia de situación fiscal para verificar la inscripción. Te invitamos a revisar nuestro artículo enfocado en RESICO para personas físicas para resolver cualquier otra duda.
El Régimen General de Ley está diseñado para empresas de cualquier tamaño y sector, mientras que el RESICO se enfoca principalmente en pequeños negocios o emprendimientos. Una diferencia clave es la forma en que se acumulan los ingresos: en General de Ley se consideran acumulables desde el momento en que se emite la factura, sin importar si han sido cobrados.
En contraste, el Simplificado de Confianza prioriza la acumulación de ingresos únicamente cuando son efectivamente percibidos, lo que beneficia el flujo de efectivo.
En cuanto al RIF frente a RESICO, ambos buscan simplificar el cumplimiento fiscal; sin embargo, el RIF fue diseñado como un régimen de transición en el que los contribuyentes podían permanecer hasta por 10 años, con reducciones graduales del ISR.
Por otro lado, en el Simplificado de confianza (RESICO), los contribuyentes pueden mantenerse en el régimen de manera indefinida, siempre que sus ingresos no excedan el límite establecido, convirtiéndolo en una opción más sostenible para quienes cumplen los requisitos.
Si estás empezando en el mundo fiscal de tu emprendimiento y estás pensando en qué régimen sería la mejor opción, considera que el RESICO llegó para sustituir al RIF. El Régimen de Incorporación Fiscal dejó de aceptar registros desde hace varios años, por lo que ya no es una opción viable.
Personas físicas:
Personas morales:
Sí, el SAT puede darte de baja de RESICO si:
Recientemente el SAT comunicó que los contribuyentes personas físicas que fueron dados de baja del Régimen Simplificado de Confianza pueden volver a inscribirse presentando una aclaración hasta antes del 31 de diciembre de 2024 o un aviso de actualización de actividades a partir del 1 de enero de 2025.
Algunas inversiones y la Renta Gravable (PTU); sin embargo, tratándose de gastos operativos, no se tiene la posibilidad de deducciones para el Impuesto Sobre la Renta, al tratarse de un régimen con tasas preferenciales.
Si tienes dudas sobre el RESICO para personas físicas, te invitamos a explorar otras preguntas frecuentes.
Da un seguimiento constante a tus movimientos financieros y verifica los ingresos acumulados periódicamente para tomar decisiones estratégicas, como ajustar operaciones o diversificar los ingresos, evitando sorpresas al final del ejercicio fiscal.
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Recuerda que que RESICO permite deducciones por inversiones en plazos más cortos en comparación con otros regímenes. Identifica oportunidades de inversiones para maximizar tus beneficios fiscales, no dudes consultar con un especialista para que te ayude a tomar decisiones estratégicas.
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