Asegura el traslado de tus mercancías con la Carta Porte 3.1, cumpliendo las normativas y manteniendo tu logística al día. Siigo Aspel te ofrece la solución perfecta para optimizar tu facturación. No dejes que tus envíos se detengan y mejora tu operación ¡hoy mismo!
Es un documento fiscal digital que se genera para acompañar en todo momento a los bienes o mercancías que se trasladan de un lugar a otro por vías federales, con el fin de acreditar su legitimidad. Existen dos tipos de comprobantes a los que se debe incorporar el complemento Carta Porte:
La Carta Porte versión 3.0 será sustituida por la versión 3.1 de forma obligatoria, a partir del 17 de julio de 2024. En función de esta fecha, la única con validez oficial será la Carta Porte 3.1.
El cambio principal que verá la versión 3.1 es la eliminación del atributo “Régimen Aduanero” que se actualizará como Nodo de Régimen Aduanero e incluirá 10 tipos. Además, el campo “Fracción Arancelaria” pasa a ser de uso opcional, eliminándose su validación adicional.
Este nuevo requisito fiscal para los CFDI es obligatorio si:
Eres el propietario de los bienes o mercancías o actúas como intermediario o agente de transporte y necesitas trasladar mercancías: Deberás emitir un CFDI de tipo traslado con complemento Carta Porte para amparar el traslado por territorio nacional.
** Se realiza la retención del IVA del 4% conforme a la ley del IVA.
Genera tus CFDI de tipo ingreso y traslado incorporando el complemento de Carta Porte.
Emite tus CFDI de tipo ingreso con el complemento Carta Porte (autotransporte federal).