21 | Febrero | 2022
Actualizado: 23 | Septiembre | 2024
Como bien sabemos, el complemento Carta Porte (CCP) llegó desde mayo de 2021, estableciendo una nueva forma para mantener registro y transparencia para el traslado de mercancías en el territorio nacional.
A estas alturas, puede ser que sigas teniendo dudas sobre quién emite la Carta Porte o, mejor aún, quiénes están obligados a emitir el complemento Carta Porte. Para clarificar la situación, en este artículo ahondaremos más específicamente sobre la emisión de este documento por cada uno de los medios de transporte.
Desde su implementación, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha otorgado diversas prórrogas y versiones del complemento Carta Porte (CCP), por lo que vale la pena hacer un recorrido superficial:
Como podemos ver, con cada versión pasa más tiempo para que salga una actualización, esto es porque cada modificación perfecciona y detalla la información que necesita el gobierno para mantener la seguridad en el traslado de mercancías dentro del territorio nacional.
Dado que los cambios son repentinos, vemos una serie de prórrogas otorgadas por las autoridades para la obligatoriedad y sancionabilidad de las nuevas versiones, dado que se les da a los contribuyentes un periodo de transición para acostumbrarse a los nuevos requisitos o campos necesarios.
La única versión del complemento a la que el Servicio de Administración Tributaria no le puso una prórroga ha sido la última, la 3.1, debido a que no tuvo tantos cambios. Entonces, veamos cuáles son los principales.
Considera que, frente a los recurrentes cambios que se hace al complemento, es indispensable contar con herramientas adecuadas que se mantengan actualizadas y en línea con los requisitos vigentes, por ejemplo, Siigo Nube Facturación, un sistema para facturar en línea que te facilitará el cumplimiento gracias a actualizaciones automáticas.
La respuesta corta es: todos los contribuyentes que transporten mercancías por vía terrestre (autotransporte), marítima, aérea o ferroviaria deben emitir la Carta Porte (CCP).
Recordemos que el complemento Carta Porte acompaña a un CFDI de tipo Ingreso o CFDI de Traslado, validando la legalidad de la propiedad de los artículos. Es un documento adicional ayuda a las autoridades a combatir el robo de mercancías durante su trayecto en el territorio nacional.
Existen tres escenarios clave en los que es obligatorio emitir un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) con complemento Carta Porte (CCP):
Ten en cuenta que la persona o empresa que contrate el servicio de traslado de mercancías debe dar los datos exactos para que, quien hace la Carta Porte, tenga toda la información necesaria para amparar la deducción o acreditamiento del servicio prestado.
En los casos de autotransporte, es crucial que personas físicas y empresas que transporten sus artículos emitan el complemento Carta Porte para respaldar la legalidad del movimiento de los bienes o mercancías.
Es necesario generar la factura con el complemento Carta Porte en estos casos de autotransporte:
Se considera tramo federal cuando se recorre una carretera a cargo del gobierno federal que da acceso a las principales ciudades, fronteras y puertos marítimos del país. Es local cuando el traslado se realiza dentro de una localidad, comunidad o estado.
Es decir, si se mantiene dentro de una sola entidad federativa, es local; pero si necesitas atravesar carreteras o límites estatales, es federal.
Todos los vehículos de carga que excedan los pesos y dimensiones de un camión tipo C2 (aquellos con más de 2 ejes y más de 6 llantas) están obligados a emitir el complemento Carta Porte para la tenencia legal de las mercancías. Esto incluye:
Si el transportista va en un vehículo que no excede las características del camión tipo C2, pero el trayecto excede los 30 kilómetros entre el origen y destino final, también se deberá incluir el complemento Carta Porte.
De acuerdo con el SAT, los contribuyentes personas físicas que den el servicio de traslado de mercancías a través de plataformas tecnológicas de transporte o similares, no están obligadas a emitir la Carta Porte, a menos que el vehículo y el trayecto excedan los aspectos de la pregunta anterior.
Si te dedicas al servicio de mudanzas, debes emitir un CFDI de Ingreso con el complemento Carta Porte. Sin embargo, si el recorrido es en zona local, no estás obligado a emitir la factura ni el CCP
De nuevo, para este último escenario, la obligatoriedad vuelve si se exceden las características del camión tipo C2 o el trayecto es mayor a 30 km entre el punto de partida y el destino final.
El transportista debe dar datos de: ubicación, vehículo, identificación vehicular, seguros y tipos de figura, como vemos a continuación:
Ahora, hablemos de qué pasa en el transporte marítimo. Así como en el autotransporte, el complemento Carta Porte (CCP) garantiza que los bienes o mercancías que viajan en barco dentro de aguas nacionales cumplan los requisitos legales y fiscales.
Se debe emitir CFDI con complemento Carta Porte cuando se trasladen mercancías dentro de aguas nacionales, es decir, de puerto mexicano a puerto mexicano, ya que se circula dentro de la jurisdicción nacional. También es necesario cuando el producto es transportado desde el extranjero hacia aguas nacionales (importaciones).
En cuanto a las importaciones de empresas extranjeras, estas no tienen la responsabilidad de emitir el complemento Carta Porte, sino el transportista en México o la empresa que recibe los artículos. Esto significa que, una vez ingresan las mercancías al país, el responsable del traslado dentro del territorio (puede ser la empresa importadora o un tercero contratado) es quien emite la Carta Porte.
En el transporte marítimo, todos los tramos marítimos son considerados federales, ya que las aguas nacionales son jurisdicción del gobierno federal. Los únicos tramos que no son de jurisdicción federal son los puertos marítimos.
De acuerdo con el SAT, solo es obligación cuando se trasladan en el territorio nacional, pero se debe considerar el nuevo término que introdujo sobre el complemento Carta Porte internacional, que veremos más adelante en el artículo. Pero, de acuerdo con las especificaciones, sí tendrás que generar un CCP y, al llenar el campo "TranspInternac", señalar "Sí".
Dado que es un concepto nuevo introducido en las preguntas frecuentes de las autoridades, te sugerimos asesorarte con un profesional que te de una guía personalizada a tu situación particular.
Cuando la mercancía inicia su trayecto por carretera y tiene transición a barco (o viceversa), se necesitará emitir dos CCP. Es decir, el primer transportista necesitará su CFDI con complemento para el autotransporte, y el transportista marítimo deberá generar otro CFDI con su CCP para el trayecto por barco.
Cada medio de transporte requiere su propio documento.
Los transportistas extranjeros no están obligados a generar factura electrónica con CCP, siempre que no tengan un establecimiento permanente en el territorio nacional.
Si son nacionales que hacen traslado internacional tampoco están obligados, siempre y cuando no realicen navegación de cabotaje ni desaduanamiento de mercancía en los litorales de México.
En general, deberá proveer información la ubicación de origen y destino, detalles de la mercancía y del transporte.
Generar el complemento Carta Porte (CCP) para los transportes aéreos de bienes o mercancías facilita la trazabilidad en la operación. Es un documento vital para la gestión logística.
Si te contratan para transportar mercancía de un estado a otro, debes generar una factura de Ingreso con CCP. Mientras que los propietarios de bienes y o mercancías que trasladen por medios propios, necesitarán un CFDI de tipo Traslado con CCP.
Toda mercancía que vuela en territorio nacional o tiene como destino final el país, debe tener su complemento para garantizar la legalidad de tenencia.
No, dado que los aeropuertos no se consideran de jurisdicción federal para efectos del CCP.
Cuando el cliente no establezca un valor para los paquetes, se registra 0 en "ValorMercancia".
Si tienen procedencia y destino final internacional, pero hacen escala en territorio nacional, no es necesario el CCP.
La misma situación del complemento aplica para el transporte de mercancías por tren, por lo que se necesita el documento del complemento Carta Porte (CCP) para el movimiento de bienes o mercancías dentro de México por medio de ferrocarril.
Todas las vías ferroviarias son consideradas de jurisdicción federal, sean dentro de un mismo estado o entre diferentes. Por lo tanto, deberás emitir el CFDI de Ingreso o Traslado correspondiente con su CCP cuando se transporten mercancías entre los diferentes puntos dentro del país.
Deberán generar una nueva factura con complemento actualizando la información y relacionándolo al CFDI anterior. En el atributo "TipoRelacion" se registra la clave 04- Sustitución de los CFDI previos. Una vez hecho, se cancela el CFDI anterior con motivo de cancelación 01- Comprobantes emitidos con errores con relación.
No es un campo obligatorio, pero se puede registrar para tranquilidad del cliente.
Cada concesionario debe emitir su factura con complemento por cada tramo ferroviario del que fue responsable.
Al importar vía férrea sin tener el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de quien importó los artículos, se puede registrar o el RFC genérico para nacionales (XAXX010101000) o (XEXXX010101000) para extranjeros.
El CFDI con complemento Carta Porte (CCP) internacional, como mencionamos anteriormente, es un concepto que introdujo recientemente el SAT para cuando el origen o destino del producto sea fuera del país.
A grandes rasgos, es el mismo documento de CCP, pero se convierte en internacional cuando se aplica "Sí" al campo de "TranspInternac".
El CCP nacional acredita las operaciones de bienes y o mercancías que no cruzan fronteras, mientras que la internacional funciona para cuando dejan el país o vienen del extranjero. Por lo mismo, debe incluir información específica diferente a la nacional, por ejemplo:
Para mayor detalle, te recomendamos visitar la página de información técnica del SAT.
Con el complemento Carta Porte (CCP), las pymes y empresas pueden ver una serie de beneficios, pero también implica que asumir responsabilidades legales que garantizan la transparencia en el traslado de mercancías, dado que demuestra la pertenencia legal y el control fiscal de los productos durante su transporte por las diferentes vías de transporte.
Además, se tiene la obligación de asegurar que el complemento refleje fielmente la carga transportada. Como remitente o transportista, la empresa es responsable de verificar que toda la información proporcionada sea precisa para mantener la trazabilidad.
Fuera de la obligatoriedad del asunto, las implicaciones de la Carta Porte también incluyen el tener un mejor control de inventario, transporte de mercancía y ayuda a empresas de todos los tamaños procurar sus artículos durante su traslado.
Hemos mencionado reiteradamente la obligatoriedad de emitir el complemento Carta Porte vigente correctamente dado que hay una serie de multas y sanciones que puedes evitar:
Adicionalmente, se prevé una clausura preventiva de 3 a 15 días o el embargo precautorio de las mercancías, por lo tanto, es muy importante asegurar que emitas el complemento correctamente.
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